28 de enero de 20263 min de lectura

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD EN EL ÁMBITO LABORAL

A día de hoy, muchas empresas aprovechan su posición privilegiada para vulnerar económicamente los derechos que los trabajadores tienen reconocidos, tanto en su convenio colectivo como legalmente.

En este artículo te explicaremos cuáles son tus derechos a este respecto y cómo poder ejercerlos de manera efectiva. Es importante tener en cuenta que nos centraremos en la reclamación de cantidad del trabajador en activo, no en las generadas por un despido (como la indemnización o el finiquito).

¿A qué cuantías tiene derecho un trabajador?

Los trabajadores tienen reconocidos una serie de derechos económicos por la realización de su trabajo. El más básico de ellos es el derecho al cobro de un salario (Art. 4.f del Estatuto de los Trabajadores), pero no es el único. Por ejemplo, el art. 35 del Estatuto de los trabajadores reconoce el derecho de cobro de las horas extraordinarias, o el art.36 la retribución específica de horas nocturnas cuando el salario base no haya sido establecido para ese tipo de horas.

A todo ello hay que añadir los derechos que pudieran ser añadidos a través del convenio colectivo aplicable, tales como plus de disponibilidad o dietas.

¿Qué ocurre si el empresario no abona estas cuantías?

Muchas empresas abusan del desconocimiento de los derechos laborales y de la necesidad de los trabajadores para privarlos de la remuneración que realmente merecen. Cuando esto ocurre, el trabajador puede acudir a los tribunales para hacer valer su derecho y obtener las cantidades que realmente le pertenecen.

Es de vital importancia que dicha reclamación se haga dentro del plazo correcto, siendo este de un año a contar desde el día que dicha acción pudiera ejercitarse (ar. 59 del Estatuto de los Trabajadores).

Cómo realizar la reclamación de cantidad.

Para poder realizar una correcta reclamación de cantidad es muy importante tener toda la documentación posible en la que se vea reflejada la realización de la actividad laboral que genera la el derecho a la remuneración y la falta del total de la cuantía (por ejemplo, nóminas, cuadrantes de horas extra, etc.).

Una vez se tenga todo el siguiente paso es acudir a un abogado especialista en derecho laboral para proceder a la presentación de una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, la cual es preceptiva por ley para acceder a la vía judicial.

Realizada la conciliación podemos estar antes dos supuestos:

  • Se ha llegado a un acuerdo con la empresa. Si esto ocurre, el acta de la conciliación tendrá el mismo valor que si de una sentencia se tratara, y la empresa estará obligada a cumplir los términos del acuerdo.
  • Si la empresa no se ha presentado o no se ha podido llegar a un acuerdo. Si cualquiera de estos dos supuestos ocurre, se deberá presentar una demanda ante la jurisdicción social.

Hay que tener en cuenta que cada caso debe ser analizado según el convenio colectivo, la categoría profesional, la conducta empresarial y la legislación aplicable.

En nuestro despacho analizamos tu situación para asesorarte y acompañarte en tu reclamación de cantidad para que puedas recuperar la remuneración de la que se te ha privado injustamente.

¡Contacta con nosotros a través del 868 63 19 49 o en el correo electrónico info@abogadosml.com y estaremos encantados de ayudarte!


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